Cada trabajador va a poder, por ejemplo, hacer la cantidad de extracciones por cajero automático, sin tope, siempre y cuando se ajusten al monto depositado en su cuenta como haber salarial.
A partir de la Resolución 653/10 del Ministerio de Trabajo y de la Comunicación "A" del Banco Central, que reglamentó la modificación a la Ley 26.590 de Contrato de Trabajo, y que entra en vigencia hoy, los bancos deberán dejar de cobrar las comisiones por el mantenimiento de las denominadas "cuentas sueldo" o "cuentas salario". También tendrán que devolver los importes que hayan cobrado desde el 12 de mayo.
Cada trabajador va a poder, por ejemplo, hacer la cantidad de extracciones por cajero automático, sin tope, siempre y cuando se ajusten al monto depositado en su cuenta como haber salarial.
Con esos cambios los legisladores ordenaron que las cuentas sueldo "bajo ningún concepto" podrán tener límites de extracciones ni costo alguno para el trabajador, cualquiera sea la modalidad de extracción.
La norma establece, además, que las cuentas podrán ser utilizadas para operar con tarjetas de débito, pagar impuestos y servicios y para recibir acreditaciones de reintegros fiscales o comerciales.
Con esos cambios los legisladores ordenaron que las cuentas sueldo "bajo ningún concepto" podrán tener límites de extracciones ni costo alguno para el trabajador, cualquiera sea la modalidad de extracción.
La norma establece, además, que las cuentas podrán ser utilizadas para operar con tarjetas de débito, pagar impuestos y servicios y para recibir acreditaciones de reintegros fiscales o comerciales.
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